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Bismil.lahi Arrahmani Arrahim

Islam y Derechos Humanos. Diversidad Interpretativa

INTRODUCCIÓN


 

EN 1948, cuando la Asamblea General de la ONU adoptó la Declaración Universal de los Derechos Humanos, hubo países que no la aceptaron, como Sudáfrica y los integrantes del bloque comunista, pues discrepaban de las definiciones y los supuestos valorativos que conformaban los contenidos de aquélla. Del mismo modo, el Irán jomeinista manifestó en 1984 que dicho documento "representaba una comprensión secular de la tradición judeo-cristiana" y que por ello "no podía ser adoptado por musulmanes en tanto no concuerda con el sistema de valores reconocido por la República Islámica de Irán". Esta no dudaría por tanto en violar sus enunciados, si ello fuera necesario para resguardar el cumplimiento de las normas islámicas. Otro Estado que desde 1948 mantuvo esa misma posición es Arabia Saudita, pues siempre condenó la Declaración desde el punto de vista de que se trata de un reflejo de la cultura occidental y no de la propia. Para Saudiarabia, la libertad religiosa que se pregona como derecho humano fundamental viola la ley islámica de este país y, en ese sentido, es inaceptable. Pero procedería señalar que estas afirmaciones no son compartidas por buena parte del mundo islámico, capaz de interpretar su propia tradición y textos sagrados desde otros puntos de vista, para arribar así a conclusiones más conciliatorias.

EN 1990, los representantes de países musulmanes que acudieron a la Organización de la Conferencia Islámica signaron lo que pasó a conocerse como la Declaración de El Cairo, sobre derechos humanos en el Islam. Y aunque este documento difiere de la Declaración Universal en ciertos aspectos importantes, su mera existencia, y su título, muestran que aun los gobiernos musulmanes más conservadores han tenido que aceptar la existencia de algo así como "derechos humanos". Si bien Irán y Arabia Saudita continuaron negando la universalidad de ellos e insistiendo en los requisitos particulares del Islam, con el tiempo llegaron a aceptar muchas de sus variantes, siempre y cuando se considerara para su aplicación los matices impresos por la diversidad de las sociedades y los contextos diferenciados en cuanto a cultura, historia, religión y sistemas legales. Así, a pesar de que las autoridades islámicas de algunos países islámicos se hayan empeñado en un tiempo en denunciar a los derechos humanos como una imposición extravagante y colonialista de Occidente, muchos de éstos han ido, poco a poco, cobrando carta de legitimidad en esos lugares, en la medida en que encuentran eco y buena acogida entre quienes sufren opresión. Para los que son torturados o se les encarcela arbitrariamente, para quienes por motivos de género, cultura, lenguaje o religión son discriminados, o para aquellos a quienes se niega la posibilidad de la libre expresión, la defensa de los derechos humanos será siempre una atractiva arma de lucha a la que intentarán recurrir mediante una lectura interpretativa del propio patrimonio del Islam, en la que sea posible rescatar estos valores legítimamente.

Esther Shabot publicado por Excelsior Editorial el 20 de marzo de 1999.

COMENTARIO:

Para comprender esta situación es imprescindible sumergirnos en pleno corazón del Islam, en su núcleo fundamental. Sólo a través de la asimilación de la ideología islámica podemos llegar a dilucidar el origen y el fundamento de los derechos humanos para los musulmanes.

No es esta la ocasión de explicar todas las bases fundamentales del Islam, de modo que nos centraremos en el originador de este sistema de vida, que es el Creador, el cual en lengua árabe es designado con el nombre de Al.lah. Dicho nombre es el que aparece en el Corán.

Esta palabra es inmutable y como dijo Ahmad Deedat en su libro "¿Cuál es su nombre?" no se utiliza jamás en ningún otro sentido. No existe tal cosa como "Al.lah padre" o "Al.lah madre" o "Al.lah tal ocual". Es una única palabra para el Único Dios. El árabe, como cualquier otra lengua, también tiene sus reglas gramaticales, pero en árabe no se puede hacer una forma plural de Al.lah, ni tampoco una forma femenina de Al.lah. Todo esto no tiene nada que ver con la palabra castellana "Dios". Si se quiere hacer en plural se añade simplemente una "s" (es decir dioses), se puede hacer el femenino de "Dios", añadiendo una "a" (es decir diosa), se puede hacer una forma diminutiva añadiendo "ito" (es decir diosito). Sin embargo, la palabra Al.lah no puede manipularla nadie.

La Sura nº112 "La Unicidad" dice:"Al.lah es Único. Al.lah es Absoluto. No procrea ni fue engendrado. Ni hay en absoluto nada a Él semejante".

Esta sura nos advierte de que Al.lah no tiene socio, ni compañero,ni adversario, ni suplente. No tiene esposa, ni hijo, ni padre, ni ancestros. No come, no duerme ni se cansa, ni se aburre, ni tiene a nadie que mantener, ni que cuidar. Es diferente a los hombres y a todas las demás cosas. No es una persona ni una cosa como las que conocemos. Él es Absoluto y no necesita de nadie. Sin embargo, todas las cosas necesitan a Al.lah, pues Él les da la vida y las sostiene.

Asimismo y para terminar con el concepto de Al.lah, entre Él y el ser humano no existen intermediarios, así no existe el sacerdocio ni diferentes castas en el Islam.

Una vez sabemos quién es Al.lah y quién es el autor del Sagrado Corán, que no es otro sino Al.lah (S.T.), podemos dar el siguiente paso. El Generoso Corán contiene el Shariâ o ley islámica Universal y Eterna con la cual se rigen todos los asuntos de la vida de los musulmanes. Entre estos asuntos están los derechos humanos.

Esta es la idea básica y fundamental para empezar a entender el Islam.

Veamos ahora cómo crece el ser humano que vive en el camino del Islam. Hay tres niveles de actuación:

1. HACIA DENTRO (Se cultiva al individuo saludablemente desde el interior (INTROSPECCIÓN).

2. HACIA FUERA (Abarca todos los caminos de la existencia y los principios de todos los asuntos humanos. Es la guía espiritual del hombre, pues está constante la presencia de Dios.

Es un sistema jurídico.

Es un código moral.

3. HACIA ARRIBA Se centra en el único y supremo Dios. Siendo una invitación al hombre para que incorpore las cualidades del Creador en la Tierra. El objetivo es revolucionar el pensamiento humano para liberarlo de las tendencias populares y las doctrinas religiosas.

A. El musulmán dirige todos los actos de su vida hacia Al.lah.

B. En el Isam, la vida espiritual y material no están separadas.

El conjunto de todo esto constituye el MODO DE VIDA ISLÁMICO o "din" (traducido erróneamente como religión).


LOS DERECHOS HUMANOS EN EL ISLAM


1.- No es posible modificarlos, anularlos o manipularlos, pues vienen directamente de Al.lah.

2.- Son un compromiso PERMANENTE para todo CREYENTE. Esto significa que todos los musulmanes deberán aceptarlos, reconocerlos y aplicarlos.

EL ISLAM ES:

Para todos los pueblos.

Para todos los tiempos y circustancias.

LA SHARI´A:

Fundada en los principios naturales según los cuales el hombre fue creado.

La sabiduría coránica es concluyente en todas sus dimensiones. Ni condena ni tortura la carne, ni desatiende el alma. No "humaniza" a Dios, ni deifica a al hombre. Todo está cuidadosamente colocado, en el lugar que le corresponde, dentro del esquema total de la creación. Hay un equilibrio perfecto.

1. LA IGUALDAD DE TODOS LOS SERES HUMANOS:

"¡Hombres! Os hemos creado de un varón y de una hembra y hemos hecho de vosotros pueblos y tribus, para que os conozcáis unos a otros. Para Al.lah, el más noble de entre vosotros es el que más le teme. Al.lah omnisciente, está bien informado."

Sura Las Habitaciones Privadas, aia 13

Con este aia se declara la HERMANDAD DE LA HUMANIDAD. No se admite ningún tipo de segregación. Sólo nos diferenciamos por nuestro grado de fe.

¡¡¡Y QUEDE BIEN CLARO QUE LA ESCLAVITUD NO EXISTE EN EL ISLAM!!! En ninguna de sus formas.

2. LA SEGURIDAD DE LA VIDA Y LOS BIENES:

El Profeta (La Paz sea con Él) dijo: "Vuestras vidas y vuestros bienes son sagrados entre vosotros hasta que estéis en presencia de vuestro Señor el Día de la Resurrección". Y también: "Aquel que mate a uno de los dhimmis (=no musulmanes que viven en el estado islámico) no podrá ni oler los efluvios del Paraíso".

Por lo tanto, tampoco se puede torturar ni física ni psicológicamente a nadie.

"...Aquel que matase a una persona que no hubiera matado ni que haya corrompido en la tierra, es como si hubiera matado a toda la humanidad".

Sagrado Corán.

3. LA SALVAGUARDIA DEL HONOR:

Al.lah nos ordena en el Generoso Corán:

¡Creyentes! No os burléis unos de otros.

No os calumniéis los unos a los otros.

Ni os llaméis con sobrenombres ofensivos.

No os critiquéis los unos a los otros.

Sura Las Habitaciones Privadas, aiat 11 y 12.

4. LA INVIOLABILIDAD DE LA VIDA PRIVADA:

El Sagrado Corán ordena:

¡No os espiéis!

No entréis en una casa sin tener el consentimiento del dueño.

5. LAS LIBERTADES INDIVIDUALES:

El Islam estipula que ningún ciudadano puede ser encarcelado hasta que su culpa sea demostrada por un tribunal de justicia. No se admite encarcelar a un hombre por una simple suposición sin haber seguido los procedimientos judiciales apropiados ni haberle dado la posibilidad de defenderse.

6. EL DERECHO DE PROTESTAR CONTRA LA TIRANÍA:

El Sagrado Corán dice:

"A Al.lah no le gusta la calumnia en público, menos en el caso de que el que habla haya sido personalmente calumniado".

En el Islam todo el poder y toda autoridad pertenecen a Al.lah, que delega parte de sus poderes en el hombre. Así pues un gobernador debe ser extremadamente respetuoso hacia su pueblo. Baste el ejemplo del Califa Abu Bakr (que Al.lah esté complacido con Él) que declaró durante su primer discurso:"Cooperad conmigo si obro con razón, pero corregidme cuando cometa un error . Obedecedme siempre y cuando obedezca los mandatos de Al.lah y de Su Profeta, pero no me debéis obediencia cuando me aleje del camino".

7. LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN:

El Islam reconoce el derecho de la libertad de expresión y de pensamiento para todos los ciudadanos, siempre y cuando sea utilizado al servicio de la verdad y la virtud y no para difundir la malicia y el mal.

Al contrario que en Occidente, el Islam no permite en ningún momento utilizar un lenguaje ofensivo o injurioso con el pretexto de la libertad de crítica.

8. LA LIBERTAD DE ASOCIACIÓN:

El Islam reconoce el derecho de asociarse y formar partidos y organizaciones. Este derecho está contemplado dentro de las reglas de la jurisprudencia islámica.

9. LA LIBERTAD DE CONCIENCIA Y CONVICCIÓN:

El Sagrado Corán dice:

"No debe existir coacción alguna en materia de fe. La buena dirección se distingue del descarrío. Quien no cree en los ídolos y cree en Al.lah, ese tal, se ase del asidero más firme, de un asidero irrompible. Al.lah todo lo oye, todo lo sabe."

Sura de la Vaca, aia 256.

Las sociedades totalitarias, por el contrario privan totalmente a los individuos de la libertad. En la sociedad materialista se practican otras clases de esclavitud...

10. LA PROTECCIÓN DE LAS LIBERTADES RELIGIOSAS:

Paralelamente a la libertad de conciencia, el Islam reconoce al individuo su derecho de ser respetado en sus convicciones religiosas y le garantiza que nada atentará contra ese derecho.

11. LA PROTECCIÓN CONTRA EL ENCARCELAMIENTO ARBITRARIO:

El Islam reconoce también al individuo el derecho de no ser arrestado o encarcelado por el delito cometido por un tercero. El Sagrado Corán enunció claramente este principio: "Nadie pagará por las faltas de otro".

12. EL DERECHO A LA SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES BÁSICAS:

El Islam reconoce a los necesitados el derecho de ser ayudados y asistidos: "Una parte de la riqueza individual debe ser distribuida entre los necesitados y los más desvalidos".

13. LA IGUALDAD ANTE LA LEY:

El Islam afirma que los ciudadanos deben disfrutar de una igualdad completa y absoluta ante la ley.

14. LOS DIRIGENTES NO ESTÁN POR ENCIMA DE LA LEY:

Una mujer de famila noble e influyente fue arrestada por un robo. El asunto fue llevado ante el Profeta (la Paz sea con Él) y algunos dignatarios le rogaron la conmutación de la pena. El Profeta (la Paz sea con Él) respondió: "Las naciones que vivieron antes que vosotros fueron destruidas por Al.lah porque solían castigar al débil por un delito y dejaban libres a los nobles a pesar de sus crímenes. ¡Por Dios! que tiene mi vida en Sus manos, juro que si Fátima, hija de Muhammad, cometiese este crimen, le habría hecho cortar la mano".

15. EL DERECHO DE PARTICIPAR EN LOS ASUNTOS DEL ESTADO:

El Noble Corán en la Sura de la Consulta, aia 38, describe el marco correcto para esta participación:"...sus asuntos se resuelven por mutua consulta".

Entendemos por "mutua consulta" que el ejecutivo del gobierno y los miembros de la Asamblea Consultiva deben ser elegidos libremente y con toda independencia por el pueblo. De este modo el pueblo contribuye a la decisión de sus propios asuntos.

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Extraído de diversas fuentes

 

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